Mogán 30-04-2020 Noticias
El Gobierno de España ha firmado una orden por la que queda autorizado el desplazamiento para el cuidado de huertos particulares de autoconsumo.
a) El cuidado y alimentación de animales.
b) El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia, lo que se podrá acreditar por el titular por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.
✳️ Estos desplazamientos se realizarán cumpliendo las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos.
✳️ Dichos DESPLAZAMIENTOS han de ser los MÍNIMOS POSIBLES para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada.
✳️El desarrollo de los trabajos se realizará de forma INDIVUDUAL, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.
Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4768.pdf
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