INFORMACIÓN: Permitido el desplazamiento para el cuidado de huertos particulares de autoconsumo

INFORMACIÓN: Permitido el desplazamiento para el cuidado de huertos particulares de autoconsumo

Mogán 30-04-2020 Noticias


El Gobierno de España ha firmado una orden por la que queda autorizado el desplazamiento para el cuidado de huertos particulares de autoconsumo.

  • El desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.

 

  •  No obstante lo señalado en el segundo párrafo del apartado anterior, el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad, considerándose por tal:

 

a) El cuidado y alimentación de animales.

b) El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia, lo que se podrá acreditar por el titular por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.

✳️ Estos desplazamientos se realizarán cumpliendo las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos.

✳️ Dichos DESPLAZAMIENTOS han de ser los MÍNIMOS POSIBLES para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada.

✳️El desarrollo de los trabajos se realizará de forma INDIVUDUAL, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.

 

Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas:

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4768.pdf