Los vecinos de Mogán con dificultades económicas podrán expedir documentos de manera gratuita

Mogán 08-12-2013 Noticias


Por un lado, la ordenanza contempla una nueva tarifa de los certificados para viajar, que pasan de 3 euros a 1,50 euros para todos los residentes de Mogán. Estos certificados tendrán un coste de 0,75 euros para los miembros de familias numerosas y para estudiantes menores de 16 años. Los pensionistas con ingresos inferiores al IPREM podrán obtener el documento de manera gratuita.

Por otra parte, se expedirán, sin coste alguno, certificados, bastanteos, compulsas y cotejos para las personas que cumplan con una serie de requisitos. Los residentes que acrediten estar en el paro, los vecinos que lo soliciten para obtener ayudas o subvenciones tramitadas por el propio ayuntamiento y las personas que quieran solicitar la condición de familia numerosa, no pagarán tasas para la obtención de estos documentos administrativos.

La ordenanza contempla un nuevo apartado donde se reconoce de manera expresa que la expedición de documentos como los certificados a través de la sede electrónica de modo automático, también es gratuita, desde hace más de un año. Las personas residentes en Mogán pueden expedir, desde a través de la web municipal www.mogan.es, una serie de documentos que también se obtienen por la vía telemática y que ahora se contempla en el documento que regula las tasas.

La modificación de la ordenanza fue aprobada en la sesión plenaria con los votos a favor del grupo de gobierno del Partido Popular. El resto de grupos que conforman la oposición se abstuvieron. El objetivo de este cambio en la ordenanza fiscal reguladora estas tasas, es facilitar a los vecinos que no cuentan con recursos económicos suficientes, la obtención de los documentos necesarios para realizar algunos tramites administrativos y burocráticos.

En los próximos días se publicará el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia y se abrirá un plazo de 30 días hábiles para presentar alegaciones. Una vez resueltas, se deberá aprobar definitivamente en el pleno municipal para, en días posteriores, proceder a su entrada en vigor.